-Varios comercios en México transfieren a sus clientes el cobro por usar terminales bancarias.
Por: Agencias
Entre los diversos establecimientos comerciales que cuentan con una terminal bancaria para aceptar tarjetas de crédito o débito, existen algunos que cobran una comisión a sus clientes por elegir este medio de pago.
Al respecto, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) informó sobre si este cargo está permitido o si existe alguna ley que lo prohíba; la respuesta no es tan sencilla, y aquí te lo explicamos.
Como señala esta dependencia del gobierno federal, los establecimientos comerciales suelen pagar una comisión al banco por utilizar la Terminal Punto de Venta (TPV), es decir, la máquina lectora de cobro.
Este pago se denomina Tasa de Descuento y suele ser proporcional al valor de la compra; cubre servicios como el acceso a la red para conectar la terminal, así como garantías, entre otros.
Así pues, cuando un establecimiento comercial cobra un porcentaje adicional por el pago con tarjeta, lo que hace es transferir esta suma a los tarjetahabientes.
¿Es legal cobrar comisión por pagar con tarjeta?
Como explica la Condusef, no existe ninguna ley que prohíba a los comercios transferir la comisión por pagar con tarjeta a sus clientes; sin embargo, sí esta prohibición está dispuesta en los contratos que firman con el banco.
En otras palabras, si bien no hay leyes contra cobrar comisiones a los tarjetahabientes por elegir este medio de pago, los contratos sí lo prohíben, y por esta razón sería ilegal, según la Condusef.
Al respecto, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) también ha alertado sobre la ilegalidad de esta práctica e incluso ha llamado a reportarlo al teléfono del consumidor: 55 5568 8722 y 800 468 8722.
Además de que según el artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, “los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios”.
De esta manera, y como también ha aclarado la Profeco, transferir a los clientes la comisión por usar una terminal bancaria contaría como práctica abusiva e iría contra los contratos establecidos con los bancos.

